Comunicado
OAXACA, Oax. En Sesión Extraordinaria Urgente, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) aprobó diversos acuerdos relativos a elecciones de 12 municipios que se rigen por Sistemas Normativos Indígenas.
Se declaró jurídicamente válida la elección extraordinaria de las concejalías al Ayuntamiento de Mazatlán Villa de Flores, que electoralmente se rige por Sistemas Normativos Indígenas, en cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca en el expediente JDCI/202/2025 y acumulados.
Asimismo, se declaró jurídicamente válida la elección extraordinaria de las concejalías al Ayuntamiento de San Juan Lajarcia.
En ese orden, también declaró jurídicamente válida la elección extraordinaria de las concejalías al Ayuntamiento de Santa Cruz Mixtepec, en cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca en los expedientes JNI/51/2026 y JNI/54/2026 acumulados.
También declaró jurídicamente válida la elección extraordinaria de las concejalías suplentes de la Regiduría de Obras y la Regiduría de Salud del Ayuntamiento de Santa María Ozolotepec, en cumplimiento de la sentencia dictada el veintidós de abril de dos mil veintiséis por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, en el expediente JNI/46/2026.
De igual forma, se declaró jurídicamente válida la elección extraordinaria de las concejalías al Ayuntamiento de Santiago Xanica, en cumplimiento de la sentencia del uno de abril de dos mil veintiséis, así como de lo determinado en el incidente de incumplimiento 1 de sentencia, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca en los expedientes JNI/11/2026 y JNI/19/2026.
También se válidaron las elecciones extraordinarias del suplente de la Sindicatura Municipal del Ayuntamiento de Magdalena Zahuatlán; de las concejalías propietaria y suplente de la Regiduría de Hacienda del Ayuntamiento de San Miguel Achiutla; y de las concejalías suplentes de la Regiduría de Hacienda y de la Regiduría de Obras del Ayuntamiento de San Miguel Peras.
Para finalizar, se declararon jurídicamente válidas las elecciones ordinarias de las concejalías de los ayuntamientos de San Baltazar Yatzachi el Bajo, Santiago Lalopa y San Miguel del Río, así como la elección ordinaria parcial de las concejalías al Ayuntamiento de San Miguel Mixtepec.
